Por parte de adoptantes
Estado Civil:
- Parejas casadas.
- Mujeres solteras (Monoparentales)
- No se aceptan desde el 01.01.2009. Todos los expedientes de Monoparentales que se han legalizado en la Embajada de Etiopía en Francia hasta el 31.12.2008 siguien su curso normal y no les afecta para nada este cierre.
Edad:
Los solicitantes deben tener más de 25 años. En el caso de solicitantes casados, bastará con que uno de ellos sobrepase dicha edad. Además deberá existir una diferencia máxima, entre el adoptante y el adoptado, de 40 años.
Hijos:
Se acepta a los solicitantes que tengan hijos biológicos.
| Por parte del adoptado |
- Podrá ser adoptada cualquier persona menor de dieciocho años y que se encuentre bajo tutela.
- Tanto el padre como la madre del menor deberán otorgar su consentimiento para la adopción, siempre que vivan y sean conocidos.
- Si uno de los padres hubiera fallecido, estuviera en situación de ausencia, fuera desconocido o incapaz para manifestar su voluntad, será el otro progenitor quien otorgue su consentimiento.
- Si uno de los progenitores no estuviera dispuesto a otorgar su consentimiento y el menor tuviera diez años de edad o más, el tribunal decretará la adopción tras oír la opinión del otro progenitor y del propio menor.
- En el caso de que el menor no fuera capaz de otorgar su consentimiento, el tribunal decretará el acuerdo de adopción teniendo en cuenta el interés del menor.














